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Campaña de empadronamiento de residentes extranjeros en Benahavís

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Campaña de empadronamiento de residentes extranjeros en Benahavís

El Ayuntamiento de Benahavís emprende una campaña informativa para el empadronamiento de extranjeros y la actualización de datos de quienes ya estén empadronados.

Esta campaña tiene como objetivo informar a los residentes extranjeros en el municipio sobre la importancia y ventajas de ser ciudadano de derecho al estar empadronado en la localidad.
El alcalde de Benahavís, José Antonio Mena, ha optado por emprender una campaña puerta a puerta para informar a todos los residentes de las ventajas de figurar en padrón municipal. Esta iniciativa tendrá una doble finalidad, ya que a la vez que los residentes tendrán acceso a todos los beneficios que ya tienen los nacidos en Benahavís, el Ayuntamiento podrá aumentar los ingresos provenientes de las transferencias del Estado y de la Comunidad Autónoma. Todo ello, “siempre en beneficio del municipio en general y de los ciudadanos en particular, ya que aumentando los ingresos también incrementaremos las inversiones en obras, infraestructuras y todo tipo de actividades que redundan en beneficio de la ciudadanía, dentro de nuestro término municipal”, ha dicho el alcalde.
Entre los beneficios de estar empadronado y con los datos actualizados, destacan el acceso a la guardería municipal con carácter prioritario, beneficios económicos en el Impuesto de Bienes Inmuebles; subvenciones en el acceso a las actividades educativas, deportivas y culturales y acceso en algunos casos de forma totalmente gratuita; subvenciones para el transporte escolar y, posibilidad de acceder a las ayudas sociales establecidas por las distintas administraciones.
El Ayuntamiento de Benahavís, recuerda que el empadronamiento es una prueba legal de que una persona es vecina del municipio. El alta en un domicilio es una obligación y un derecho ciudadano que permite ejercer otros derechos. Debe realizarse en el Ayuntamiento.
El procedimiento de inscripción, mantenimiento, revisión y custodia del Padrón Municipal está regulado por la Ley 7/1985 de 2 de abril conocida como Ley de Bases de Régimen Local. El apartado 1 del artículo 3º de la Ley orgánica 14/2003 de 20 de noviembre, modificó la Ley 7/1985 y estableció la renovación periódica cada dos años para todos los extranjeros no comunitarios y sin residencia permanente.
Así, todas las personas “no comunitarias” que dispongan de un permiso de residencia temporal deben renovar su inscripción en el padrón municipal cada dos años contados desde la fecha del empadronamiento o desde la fecha de la última renovación.
El empadronamiento es necesario, entre otras cosas, para inscribir a los hijos en un centro educativo, obtener el permiso de conducir, acceder a programas de ayuda de tipo social, cultural, deportivo, etc.